- Hoy tienes que registrar cada día la hora de entrada y de salida de cada trabajador y guardarlo 4 años. Vale cualquier sistema fiable: papel, Excel o una app.
- No hay que enviar nada al Gobierno ni a la Inspección. Solo enseñar el registro si te lo piden.
- El real decreto del registro digital no está aprobado. No figura en ningún Consejo de Ministros hasta el del 20 de octubre de 2026, el último publicado, y no ha salido en el BOE.
- Si sale como el borrador, solo valdrá el registro digital, cada corrección necesitará el visto bueno del trabajador y la Inspección podrá consultarlo a distancia cuando quiera. Entraría en vigor 20 días después de publicarse.
¿Qué es obligatorio hoy?
Lo que manda es el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, en vigor desde 2019:
- Registrar cada día la hora de inicio y de fin de la jornada de cada trabajador, también de los de media jornada y los extras.
- Guardar esos registros 4 años.
- Tenerlos a disposición de los trabajadores, de sus representantes y de la Inspección de Trabajo.
La ley no pide un sistema concreto. Si el registro refleja la hora real y no se puede manipular después, vale. No llevarlo es una infracción grave, con multas de 751 a 7.500 €. Lo tienes explicado paso a paso en la guía del registro de jornada en hostelería.
¿Hay que enviar los fichajes al Gobierno?
Hoy, no. El registro se queda en tu restaurante (o en tu app de fichaje) y solo se enseña cuando lo pide la Inspección, un trabajador o sus representantes.
Con el borrador tampoco habría que mandar cada fichaje, como se hace con los tickets en VeriFactu. Lo que cambia es que la Inspección no tendría que pedírtelo: el sistema tendría que dejarla entrar en cualquier momento y de forma inmediata, «tanto de manera remota como presencial». En la práctica, tu sistema de fichaje tendría que poder conectarse con la Inspección cuando ella lo necesite.
Cómo se haría esa conexión (qué formato, qué datos, con qué seguridad) no está publicado. Lo dirá el texto final o una norma técnica posterior. Hasta entonces, ningún programa puede decir que ya la tiene.
¿En qué punto está el real decreto?
Lleva un año en trámite. Estos son los pasos que se conocen:
| Fecha | Qué pasó |
|---|---|
| 30 de septiembre de 2025 | El Consejo de Ministros acuerda tramitarlo por la vía urgente, como real decreto aparte. |
| Octubre de 2025 | Trabajo publica el borrador para que empresas y ciudadanos opinen. |
| 23 de marzo de 2026 | El Consejo de Estado da un dictamen desfavorable: pide estudiar el coste para las pymes, tener en cuenta cada sector y reforzar la protección de datos. |
| 24 de julio de 2026 | Trabajo y Economía aplazan la aprobación a septiembre para ajustar el texto. |
| 26 de septiembre de 2026 | Se confirma que tampoco se aprueba en septiembre. |
| 5 de octubre de 2026 | Se convocan elecciones generales para el 29 de noviembre. Ese mismo día, el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, da el texto por terminado y espera llevarlo al Consejo de Ministros en octubre. |
| 20 de octubre de 2026 | Último Consejo de Ministros publicado: el registro horario no está entre sus acuerdos. |
¿Lo paran las elecciones? No necesariamente. Es un real decreto, no una ley ni un real decreto-ley, así que no tiene que pasar por el Congreso: basta con que lo apruebe el Consejo de Ministros y se publique en el BOE. Otra cosa es que el Gobierno decida aprobarlo antes del 29 de noviembre.
Qué cambiaría si sale como el borrador
El texto final puede cambiar, sobre todo después del dictamen del Consejo de Estado. Esto es lo que traía el borrador:
| Lo que pide el borrador | Qué significa en tu restaurante |
|---|---|
| Registro solo digital, personal y directo | Se acaba el papel y el Excel. Cada trabajador ficha él mismo, sin que otro apunte la hora por él. |
| Registrar también las pausas | No basta con la entrada y la salida: también cuándo para y cuándo vuelve. |
| Que no se pueda manipular | Nada se borra. Cada corrección queda con quién la hizo, cuándo y por qué. |
| Cada corrección, con el visto bueno de la empresa y del trabajador | Si el trabajador no está de acuerdo, se informa a sus representantes y el registro deja constancia de que no hubo acuerdo. |
| Que cada trabajador pueda consultar su registro y sacar una copia | Cada uno tiene que poder ver y descargar sus fichajes y sus correcciones cuando quiera. |
| Separar las horas ordinarias de las extra | Y en las extra, si se pagan o se compensan con descanso. |
| Acceso a distancia para la Inspección | Como se explica arriba: consultarlo cuando quiera, sin ir al local. |
| Guardarlo 4 años | Igual que hoy. |
Sobre el plazo para adaptarse también hay debate. El borrador de Trabajo daba 20 días desde la publicación en el BOE. Economía pidió un año para las pymes.
Qué hacer ahora
- Sigue registrando cada día la entrada y la salida de todo tu equipo. Es lo único obligatorio hoy, y la multa por no hacerlo ya existe.
- Si aún usas papel o Excel, piensa en pasarte a digital. Si el real decreto sale con 20 días de margen, no habrá tiempo de elegir con calma.
- Apunta también las pausas y cada tramo del turno partido.
- Corrige sin borrar. Que quede quién corrigió, cuándo y por qué, y pide al trabajador que lo confirme.
- Deja que cada trabajador vea y descargue su registro, de cualquier mes.
- Informa a tu equipo de que se registra su jornada y para qué. Lo pide la ley de protección de datos.
El fichaje de Isbite ya hace casi todo lo que pide el borrador. Es digital, registra las pausas y la hora la pone el servidor. Nada se borra. Si el encargado corrige un fichaje, el trabajador lo acepta o lo rechaza desde su móvil, y su respuesta queda en el registro. Cada uno ve sus fichajes y descarga en PDF los de cualquier periodo. Lo que falta, separar las horas extra y el acceso de la Inspección, depende del texto final, y lo adaptamos dentro de la cuota. Todo va en los 50 € al mes + IVA, sin pagar por empleado.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio fichar en digital?
Hoy, no. Es obligatorio registrar la jornada desde 2019, pero vale el papel o una hoja de cálculo si reflejan la hora real y no se pueden manipular. Fichar en digital solo será obligatorio si se aprueba el real decreto que prepara el Ministerio de Trabajo.
¿Tengo que conectar mi registro con Hacienda o con la Seguridad Social?
No. El registro de jornada no tiene nada que ver con VeriFactu ni con Hacienda. Lo que prevé el borrador es que la Inspección de Trabajo pueda consultarlo a distancia cuando quiera, no que le envíes los fichajes cada día.
¿Las elecciones del 29 de noviembre paran el real decreto?
No por sí mismas. Al ser un real decreto, lo puede aprobar el Consejo de Ministros sin pasar por el Congreso. Que lo haga antes o después de las elecciones depende del Gobierno.
¿Cuánto tiempo tendré para adaptarme?
No está decidido. El borrador decía 20 días desde que salga en el BOE, y Economía pidió un año para las pymes.
¿Qué pasa si un trabajador no está de acuerdo con una corrección?
Hoy la ley no dice nada concreto. El borrador pide que cada corrección la acepten la empresa y el trabajador, y que, si no hay acuerdo, se informe a sus representantes y el registro refleje la discrepancia. Por eso conviene que la respuesta del trabajador quede guardada junto a la corrección.
¿Vale ya lo que hago si luego cambia el texto?
Si registras en digital, con las pausas, sin borrar nada y con el visto bueno del trabajador en cada corrección, tendrás hecho lo más difícil. Lo que dependa del texto final, como el formato para la Inspección, habrá que añadirlo cuando se publique.
Información vigente a 27 de octubre de 2026. El real decreto del registro horario digital puede aprobarse con cambios o no aprobarse: comprueba el BOE o consulta a tu gestoría o asesoría laboral.
Fuentes
- BOE: Real Decreto-ley 8/2019, registro de jornada (artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores)
- La Moncloa: referencia del Consejo de Ministros del 20 de octubre de 2026
- La Moncloa: convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre (5 de octubre de 2026)
- Demócrata: Trabajo lleva al Consejo de Ministros la tramitación urgente del registro horario (29 de septiembre de 2025)
- Demócrata: la reforma del registro horario aún podría aprobarse antes del 29N (5 de octubre de 2026)
- Demócrata: lo que trae el borrador del nuevo registro de jornada (13 de octubre de 2025)
- ECIJA: novedades del proyecto de real decreto sobre registro de jornada (14 de octubre de 2025)
- Infobae: el Consejo de Estado y el registro horario (23 de marzo de 2026)
- elDiario.es: Trabajo y Economía aplazan el registro horario a septiembre (24 de julio de 2026)
- Qué!: el registro horario no se aprobará en septiembre (26 de septiembre de 2026)